Reclamación falsa de la nacionalidad estadounidense (INA 212(a)(6)(C)(ii))

Reclamar falsamente la ciudadanía estadounidense es un delito grave según la ley de inmigración de EE.UU., que da lugar a la inadmisibilidad permanente de los extranjeros. En virtud del artículo 212(a)(6)(C)(ii) de la INA, se considera inadmisible a toda persona que, después del 30 de septiembre de 1996, se presente falsamente como ciudadano estadounidense para obtener un pasaporte estadounidense, la entrada en EE.UU. o cualquier otra prestación en virtud de la legislación federal o estatal. La falsa declaración de ciudadanía estadounidense debe ser material (significativa) para obtener el beneficio, es decir, si la declaración de ciudadanía no afecta a la elegibilidad para el beneficio, entonces la falsa declaración no está sujeta a 212(a)(6)(C)(ii).

Es importante entender que esta sección de la ley tiene un alcance mucho más amplio que la Sección 212(a)(6)(C)(i) — tergiversación intencionada y material. El artículo 6Ci sólo se aplica a las declaraciones falsas para obtener beneficios de inmigración y sólo se aplica si la declaración falsa se hace a un funcionario del gobierno de EE.UU. El artículo 6Cii se aplica a las declaraciones falsas sobre la ciudadanía estadounidense para cualquier prestación federal o estatal -no sólo una prestación de inmigración- y se aplica a las declaraciones falsas sobre la ciudadanía estadounidense hechas a cualquier persona, no sólo a un funcionario de la administración estadounidense.

Existen numerosas situaciones en las que se produce una reclamación falsa de ciudadanía estadounidense, algunas de ellas obvias y otras no tanto. La más obvia es cuando un ciudadano extranjero utiliza el pasaporte estadounidense de otra persona para intentar entrar en Estados Unidos. Otras situaciones son:

  • Empleo: Mentir sobre la ciudadanía estadounidense en el formulario I-9 para obtener empleo es una violación de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA 274A), que prohíbe el empleo no autorizado.
  • Préstamos: Algunas instituciones financieras ofrecen préstamos exclusivamente a ciudadanos estadounidenses; alegar falsamente la ciudadanía para obtener un préstamo de este tipo es una infracción.
  • Permiso de conducir: Si bien la ciudadanía estadounidense no es necesaria para obtener una licencia de conducir, la prueba de estatus legal puede serlo. Reclamar la ciudadanía al solicitar una licencia de conducir puede desencadenar la inadmisibilidad 6Cii.
  • Votar: En casi todos los casos es ilegal que un no ciudadano vote. Reclamar la ciudadanía para votar podría dar lugar a un hallazgo 6Cii.
  • Procedimientos de deportación: Las alegaciones falsas realizadas en procedimientos de inmigración para evitar la expulsión son motivo de inadmisibilidad.

Esto puede afectar especialmente a las personas que han vivido en Estados Unidos durante muchos, muchos años. En algún momento puede surgir la cuestión de la nacionalidad estadounidense. Así que cuando salen de los EE.UU. — digamos, después de una exención I-601A ha sido aprobado y regresan al país de origen para solicitar el visado de inmigrante — el cónsul puede investigar y hacer estas preguntas y declarar que hay una falsa reclamación de hallazgo ciudadanía de EE.UU. y prohibir permanentemente a la persona.

Para las personas acusadas de hacer una reclamación falsa de ciudadanía estadounidense por un funcionario consular, afortunadamente, existen defensas. Estas defensas incluyen: 1) si el individuo era menor de 18 años y carecía de la madurez y el juicio para comprender las consecuencias de sus acciones; 2) si otra persona hizo la reclamación falsa en su nombre sin su conocimiento; 3) un fallo en información voluntaria o permanecer en silencio no constituye una reclamación falsa; 4) no hizo intencionalmente, a sabiendas y deliberadamente la reclamación de la ciudadanía estadounidense; o 5) los padres son ciudadanos estadounidenses y el individuo había estado viviendo permanentemente en los EE.UU. antes de la edad de 16 años y razonablemente creía que él o ella era un ciudadano estadounidense. Estas defensas pueden proporcionar un terreno fértil para impugnar la decisión de un funcionario consular.

Si no fuera posible, se necesitaría una exención. La buena noticia es que existe una exención para no inmigrantes, por lo que visitantes, estudiantes y trabajadores pueden optar a ella. La mala noticia es que no existe una dispensa para inmigrantes. A diferencia de la declaración falsa 212(a)(6)(C)(i), que sí tiene una exención para inmigrantes en determinados casos, no hay exención para inmigrantes para la declaración falsa 212(a)(6)(C)(ii) de ciudadanía estadounidense. Y lo que es aún más grave: puede haber cargos penales, multas y/o posibles penas de prisión por hacer una reclamación falsa de ciudadanía estadounidense.

Como puede verse, las consecuencias de la entrada de tales decisiones pueden ser devastadoras. Puede significar la separación permanente de familiares y amigos en Estados Unidos. Obviamente, si hay motivos legales o de hecho para impugnar una decisión de este tipo, uno debe hacerlo con prontitud. Estos casos pueden ser bastante complicados, remontándose 10, 15 y 25 años atrás a cuando se hizo la supuesta reclamación de la ciudadanía estadounidense. No hay plazo de prescripción para que un cónsul revise esta cuestión e introduzca una declaración falsa de ciudadanía estadounidense. Las personas que se enfrentan a acusaciones deben buscar asesoramiento legal con experiencia para evaluar las posibles defensas e impugnar estas decisiones cuando sea posible, o explorar las opciones disponibles, tales como exenciones de no inmigrante, para mitigar el impacto de un hallazgo 6Cii. Póngase en contacto con nosotros para saber cómo podemos ayudarle.