212(a)(7)(A)(i)(I) Documentación inadecuada

Esta sección de la ley inmigratoria es bastante simple. De frente, analizándolo bien, parece ser inicuo. Invado por el inspector de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) del aeropuerto o de las fronteras terrestres, quien es titular de una visa y se le niega la entrada a Estados Unidos, puede suceder bajo el argumento de: “No tiene la visa adecuada, por lo que le revoco su visa actual. Regrese a su país de origen y reciba un tipo de visa diferente”. O para los participantes del Programa de Exención de Visa (VWP, por sus siglas en inglés) sin visa, el inspector del CBP aconseja: “Como visitante bajo el Programa de Exención de Visa, usted no es un candidato válido. Necesita solicitar una visa apropiada”. Pero, a menudo, no se explican las consecuencias reales de tal decisión.

En primer lugar, si el inspector del CBP somete al titular de la visa a una expulsión acelerada, esto puede conllevar a una prohibición de 5 años para ingresar a los Estados Unidos. Si el inspector de CBP decide que el titular de la visa o el participante del Programa de Exención de Visa cometió fraude o una tergiversación material, esto constituiría una prohibición permanente. Los artículos respectivos en este sitio web y la asistencia legal profesional deben ser consultados inmediatamente después de tal decisión.

Si solo se tomó una decisión de la Sección 212(a)(7)(A)(i)(I), generalmente esto significa que se le permitió al solicitante retirar su petición de entrar a Estados Unidos. El inspector de CBP permite esto cuando la persona cometió un error inocente, no tuvo la intención de violar las leyes de los Estados Unidos o respondió honestamente a las preguntas del inspector. El inspector revoca la visa al cancelarla físicamente bajo la sección 22 CFR 41.122(e)(3). La abrumadora mayoría de estos casos se relaciona con titulares de visas de visitante B o visitantes que ingresan bajo el programa VWP y que, en opinión del inspector de CBP, planean estudiar, trabajar, casarse, quedarse o permanecer indefinidamente en Estados Unidos. Pero al tomar esta decisión, el inspector le informa al cónsul de los Estados Unidos del país de origen de la persona: si no lo hubiéramos detenido, habría una violación a la ley. Este oscuro antecedente acompañará al solicitante la próxima vez que solicite una visa.

Si el individuo había recibido previamente una visa, entonces el cónsul revisará la información indicada en la anterior solicitud. ¿El solicitante indicó en esa solicitud que planeaba visitar a la abuela durante dos semanas, se quedó cinco meses y luego intentó regresar después de una semana fuera de los Estados Unidos? Esto puede poner en duda la intención original del solicitante cuando pidió la visa. Si el cónsul determina que hubo una tergiversación material y deliberada, independientemente de si el inspector de CBP lo hizo o no, entonces de podría dictar una prohibición permanente.

De lo contrario, el solicitante deberá demostrar sus calificaciones para la visa. Al permanecer un periodo prolongado en los Estados Unidos, el cónsul puede decidir que cualquier solicitud de visa de turista o estudiante debe ser denegada según 214(b), para que el solicitante pueda restablecer los vínculos con su país de origen. Antes de pedir una visa de trabajo, se debe asegurar o arreglar una oferta de trabajo o abrir su empresa. Por lo general, se debe presentar y aprobar una petición antes el USCIS. Las visas H-1B para profesionales son limitadas en número y no son fáciles de conseguir. Los solicitantes de visa H-2B también esta sujeto a un análisis de “vínculos” por parte del cónsul. Las visas E, L, o y P son igualmente difíciles de obtener y requieren mucho tiempo de preparación. Si el solicitante tiene una “pareja” ciudadana estadounidense en EE. UU., entonces se podría obtener visa de prometida o matrimonio, después de un proceso que puede demorar un año más.

No es necesario decir que, incluso cuando el inspector CBP no toma una decisión acelerada de remoción o tergiversación, un hallazgo 212 (a)(7)(A) por si solo tiene graves consecuencias. Contactanos para discutir su situación.