Servicios

Ayudamos a solicitantes de visas de turismo, de negocios, de estudiantes, de trabajo, de prometido(a) y de inmigrante. Nuestros servicios están orientados a

  1. Evitar denegaciones de visa — La mejor manera de evitar una denegación de visa es prepararse a fondo para la entrevista de la visa. Para nuestros clientes, realizamos simulacros de entrevistas de visa. Ayudamos a completar de forma correcta y exhaustiva la solicitud de visado DS-160. Consultamos sobre cuestiones de documentos y problemas. Preparamos opiniones legales antes de una entrevista para tratar de evitar una denegación de visado. Podemos ayudar a quienes solicitan visas o autorizaciones “especiales”, como la visa de residente que regresa o la Carta de Transporte. Los individuos a veces confían en agentes de viajes o consultores de visados para completar sus formularios y prepararlos para una entrevista sin darse cuenta de que son culpables de los errores — honestos o deliberados — de esos agentes. Para evitar tal situación, nos aseguramos de que usted ponga lo mejor de si mismo en su entrevista, maximizando sus posibilidades de obtener la visa.
  2. Superación de denegaciones de visa — Podemos ayudar a aquellos que han sido rechazados erróneamente o se les ha revocado la visa por los siguientes motivos:
    • El no haber demostrado que se tiene derecho a la condición de no inmigrante (la ausencia de una casa en el extranjero, no poder mostrar visitas de duración limitada, falta de cumplimiento con los requisitos para la expedición de la visa) — 214 (b);
    • La percepción de falta de cualificaciones para la visa solicitada (visas de no inmigrante: E-2, F-1, H-1B, L-1, O-1, P-1, P-3; visas para inmigrantes: EB-1, EB-2, EB-3, EB-5);
    • Tergiversación material y fraude;
    • Cargos Públicos;
    • Matrimonio de conveniencia;
    • Actividad ilegal;
    • Crímenes que implican bajeza moral;
    • Tráfico de indocumentados;
    • La educación de la Lotería de la Diversidad, la fotografía y la realización de las cuestiones de entrada;
    • Presencia ilegal;
    • Uso o abuso de drogas o adicción;
    • Otros motivos.

    Podemos también ayudar a aquellos cuyas solicitudes han sido objeto de un trámite administrativo inusualmente prolongado (Artículo 221 (g) de la Ley de inmigración y Nacionalidad) o a aquellos cuyas peticiones han sido enviadas a USCIS con recomendaciones de revocación de la aprobación.

    También podemos interceder ante el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras si éste deniega indebidamente la entrada a Estados Unidos.

  3. Encontrar soluciones alternativas — Para aquellos que han sido legítimamente juzgados como no elegibles para una visa, podemos proporcionar asistencia en la obtención de una exención para no inmigrantes, una exención para inmigrantes o de libertad condicional humanitaria.
  4. Proporcionar segundas opiniones — Al igual que un médico o profesional de la medicina que proporciona una segunda opinión sobre un problema médico grave, podemos proporcionar una segunda opinión sobre su problema de visa. La mayoría de los abogados de inmigración no están familiarizados con los matices de las cuestiones consulares o piensan que es sólo una formalidad. A veces, el abogado representa al empleador, no al solicitante del visado, lo que puede dar lugar a un conflicto o a cuestiones delicadas en las que los intereses no se alinean. Un asesoramiento jurídico erróneo puede tener consecuencias permanentes, como que el abogado le diga erróneamente a su cliente que puede salir de EE.UU. y que, como consecuencia, se quede varado fuera de ese país. O el abogado puede no asesorar adecuadamente sobre las consecuencias para la inmigración de aceptar un acuerdo de culpabilidad en un caso penal. La gravedad y las posibles consecuencias permanentes de los problemas de visa deberían motivar una segunda opinión.

Los servicios incluyen el proporcionar consultas; solicitar investigaciones oficiales; preparar solicitudes de visa; representar a solicitantes y a peticionarios y empleadores que sean ciudadanos estadounidenses ante las embajadas, consulados, el Departamento de Estado; Aduanas y Protección de Fronteras, las oficinas locales y centros de servicio del USCIS, la Oficina Administrativa de Apelaciones del USCIS y la Junta de Apelaciones de Inmigración; presentar solicitudes de la Ley de Libertad de Información ante organismos gubernamentales, como el USCIS, el CBP, el FBI y la DEA; presentar reclamaciones del Programa de Indagación de Reparación del Viajero (TRIP); solicitar información y documentos al CBP, como el registro I-867-A de la declaración jurada en el procedimiento, y a las oficinas consulares, como las declaraciones voluntarias de los solicitantes; iniciar demandas, como mandatos judiciales, en los tribunales federales; preparar respuestas a las notificaciones de intención de revocar las aprobaciones de las peticiones o una nueva petición después de una remisión consular para la revocación de la petición; y llevar a cabo otras medidas para garantizar que la visa sea expedida debidamente.

Nuestro objetivo es simple: ser implacable al ayudar al solicitante a obtener la visa a la que tiene derecho conforme a la ley. Para obtener ejemplos de cómo hemos ayudado a individuos a lo largo de los años, consulte la sección Estudios de Casos.