La presencia ilegal (212(a)(9)(B)), las declaraciones falsas (212(a)(6)(C)(i)) y el contrabando de extranjeros (212(a)(6)(E)) siguen siendo las razones de inadmisibilidad más frecuentemente invocadas por los funcionarios consulares para entrar en Estados Unidos. Y mientras que la presencia ilegal basada en la permanencia en Estados Unidos es una decisión legal relativamente sencilla, las determinaciones de falsedad intencionada y material y el contrabando de extranjeros no lo son. ¿Cómo se define la "materialidad"? ¿Fue la tergiversación realmente "intencionada"? ¿Qué significa "ayudar e instigar la entrada ilegal" en Estados Unidos? Este blog de tres partes se centrará en las últimas tendencias de las decisiones sobre tergiversación consular ("6Ci"); más adelante, abordaremos las tendencias recientes de las adjudicaciones por contrabando ("6E").
A pesar de la pandemia y las operaciones limitadas de las oficinas consulares, las decisiones basadas en 6Ci no ha disminuido. En los años de la pandemia, los años 20 y 21, los cónsules ingresaron más de 17.000 determinaciones de tergiversación. Durante este tiempo, hemos observado lo siguiente:
- La política está sobrevalorada. Muchos pensaron que con la Administración saliente de Trump (administración contra la inmigración) las interpretaciones y la aplicación de la disposición sobre falsificación de la Ley de Inmigración y Nacionalidad serían menos estrictas. Eso no ha ocurrido. Los cónsules son tan celosos como antes.
- Aspectos discriminatorios de la aplicación. Aunque el Departamento de Estado no lo reconozca, los solicitantes de visa de determinados países son más susceptibles de que le sean aplicadas las disposición sobre declaraciones falsas que los solicitantes de otros países. Esto significa que: exactamente las mismas acciones y transgresiones/violaciones son vistas y adjudicadas de manera diferente, dependiendo del país en el que se hace la solicitud de visa.
- No hay prescripción. Los cónsules van cada vez más atrás en el tiempo para buscar y "encontrar" tergiversaciones. Hemos visto tales hallazgos basados en hechos de hace 10, 20 y 30 años. (¡Intenta reunir pruebas de hace muchos años para defenderte!)
- Ausencia de retractación. Vinculado a la falta de un estatuto de limitaciones dicho anteriormente, significa que incluso si usted hizo solicitudes de visa durante los años intermedios y esas solicitudes fueron negadas por otros motivos (por ejemplo, la decisión estándar de falta de vínculos 214 (b)), el cónsul puede reabrir o reexaminar los eventos anteriores a esas solicitudes y tomar una decisión de tergiversación. En otras palabras, el hecho de que se le haya denegado la visa bajo la Sección 214(b) en 2018, no significa que el cónsul no vaya a revisar su solicitud de visa de 2001 y la visa emitida para detectar una posible tergiversación.
- Amontonamiento. También relacionado con esta falta de prescripción y la ausencia de reposo, hemos visto a los cónsules "acumular": castigar a una persona dos veces por acciones que tuvieron lugar durante el mismo período de tiempo bajo dos disposiciones diferentes de la Ley de Inmigración y Nacionalidad - a veces con muchos, muchos años de diferencia. Por ejemplo, hemos visto situaciones en las que una persona entraba en EE.UU. con una visa de visitante, se quedaba más de un año con la visa, volvía a su país, se le denegaba la visa por presencia ilegal y se le aplicaba la prohibición de 10 años por presencia ilegal. Cuando el cónsul tomó la decisión de la prohibición de 10 años, no acusó a la persona de haber hecho ninguna declaración falsa en el proceso de visa o de entrada. Avanza rápidamente diez años. Una vez transcurridos los 10 años, la misma persona solicita una visa de inmigrante. Pero esta vez se le deniega la visa 6Ci debido a la actividad realizada durante su estancia en EE.UU. con esa visa de visitante. En estos casos, el cónsul acusa a la persona de violar la regla de los 90 días: el cónsul presume que la persona falseó sus verdaderas intenciones al solicitar una visa o la entrada en EE.UU. porque la persona realizó un trabajo ilegal en los 90 días posteriores a su entrada con una visa de visitante. El resultado final: primero, un cónsul sólo introdujo una prohibición de 10 años, y después de eso, otro cónsul introdujo una prohibición permanente por una tergiversación derivada de ese mismo periodo de tiempo.
Los próximos blogs tratarán sobre otras diez tendencias y observaciones relacionadas con las tergiversaciones. Como siempre, no dude en ponerse en contacto con nosotros para hablar de su situación.