Tristeza EB-3 (o Jason de Viernes 13)

El fanatismo consular no tiene límites. Esa es la impresión que estoy teniendo después de llevar a cabo una avalancha de consultas sobre denegaciones de visado relacionadas con casos EB-3. Después de que un visado de inmigrante EB-3 es denegado en la Embajada, la petición I-140 aprobada es devuelta al USCIS para su revisión, a menudo con una acusación contra el solicitante sobre una supuesta tergiversación intencionada y material. Para agravar el problema, a veces el peticionario-empleador en EE.UU. decide no continuar con el proceso o el solicitante cambia de opinión y decide buscar otras opciones de inmigración (por ejemplo, si tiene un hijo adulto ciudadano estadounidense). Pero, al igual que el malvado Jason de Viernes 13, el "malo" -la alegación de tergiversación en forma de conclusión de la Sección 212(a)(6)(C)(i)- aparece de la nada cuando menos se lo espera, años más tarde, al solicitar un visado nuevo y diferente. Esto complica la posibilidad de defenderse.

Seamos claros: ha habido algún fraude en la categoría EB-3 a lo largo de los años. Los cónsules tienen un trabajo duro y están perfectamente justificados para devolver peticiones cuando un beneficiario tergiversa sustancialmente la experiencia laboral pertinente; presenta documentos falsificados sobre la experiencia laboral requerida; o tergiversa su formación académica pertinente. Del mismo modo, los cónsules tienen razones válidas para actuar cuando un solicitante-empleador estadounidense tergiversa la naturaleza bona fide de la oportunidad de trabajo; presenta un documento fraudulento que refleja su capacidad de pago; o tergiversa un hecho material relativo a las cualificaciones del beneficiario. En tales situaciones, el formulario ETA 9089 y el certificado de trabajo pueden quedar irrevocablemente viciados, a ojos del cónsul. También ha habido casos vergonzosos en los que tanto el solicitante como el beneficiario presentaron documentos falsificados o tergiversaron hechos importantes. No se trata de esos casos.

Se trata de aquellos casos en los que un cónsul deniega por reflejo una solicitud de visado EB-3 sin tener en cuenta la ley: basándose en prejuicios, emociones, política o falta de formación. Los ejemplos son múltiples: 1. "¿Cómo es posible que no haya un trabajador estadounidense disponible para este puesto?" es el pensamiento del funcionario consular, a pesar de que el empleador pasó por la contratación requerida. 2. "Este tipo está sobrecualificado para este puesto mal remunerado; la oferta no puede ser real" cuando la sobrecualificación es irrelevante para este puesto. 3. "Esta mujer presentó un diploma falso que demuestra que tiene una licenciatura en finanzas" cuando el puesto no es cualificado y, por tanto, el diploma es irrelevante para su cualificación para el puesto. 4. "Este hombre es amigo de uno de los empleados del peticionario y él le consiguió el trabajo", cuando en realidad no es pertinente la forma en que el solicitante llegó a conocimiento del empleador. 5. "La empresa estadounidense peticionaria mintió sobre su capacidad de pago" e intenta concluir que el solicitante falseó la información cuando fue el peticionario quien firmó la certificación y presentó los documentos pertinentes, no el solicitante, es decir, sólo se puede atribuir al solicitante haber falseado la información si el solicitante dio fe de un hecho material, no el peticionario. La lista continúa, al igual que las consecuencias: una acusación consular de falsedad intencionada y material contra el solicitante de visado en el proceso EB-3 puede dar lugar a una prohibición permanente de entrada en los Estados Unidos.

Como puede ver, este es otro ámbito propicio para impugnar las decisiones sobre visados. Para los casos EB-3, el papel del cónsul, en realidad, se supone que es limitado: el cónsul tiene prohibido volver a juzgar la aprobación. Siempre y cuando las pruebas presentadas sean coherentes con la aprobación; no haya habido falsedad en un hecho material; y el solicitante cumpla los requisitos del empleo ofrecido, el visado debe ser expedido. Si le han denegado un visado EB-3, o si le han denegado otro visado debido a un proceso EB-3 que fue considerado defectuoso por un cónsul o si cree que puede encontrarse en esta situación en el futuro, póngase en contacto con nosotros. No hay nada peor que ser sorprendido por Jason...

Tags:EB-3 , tergiversación , Certificación Laboral , revocación de la petición , 212(a)(6)(C)(i)