Aquí, finalizamos nuestra lista de las 15 principales tendencias y observaciones relacionadas con la Sección 212(a)(6)(C)(i) - hallazgos de tergiversaciones intencionales y materiales:
11. El papel de ICE/HSI. La mayoría de las personas que han presentado una petición o solicitud de trabajo o de inmigración o que han entrado en los Estados Unidos están familiarizadas con los organismos gubernamentales que intervienen en esos procesos: el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP), respectivamente. Muchos están familiarizados con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) como la "policía de inmigración": El ICE hace cumplir las leyes de inmigración dentro de Estados Unidos. Pero no muchos saben que la rama de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI) del ICE tiene funcionarios integrados en ciertos consulados en el extranjero y que esos oficiales llegan a conclusiones de inadmisibilidad. ICE niega haber hecho tales hallazgos; su postura es que es el funcionario consular quien las realiza, no el ICE. Sin embargo, hemos visto documentos internos del gobierno en los que se indica explícitamente que el HSI ha realizado el hallazgo de tergiversación pertinente. Lo peor de todo es que el HSI no tiene una solicitud de reconsideración oficial o un proceso de apelación, y los funcionarios consulares solo aceptarán tales decisiones de tergiversación, no las reabrirán ni volverán a examinarlas.
12. Contrabando de extranjeros frente a tergiversación. Los hallazgos de contrabando de extranjeros en virtud de la Sección 212(a)(6)(E) y la tergiversación de la Sección 212 (a)(6)(C)(i) tienen consecuencias draconianas: la prohibición permanente de entrada. Sin embargo, un solicitante de visado que sea padre de un ciudadano estadounidense deberá preferir una decisión de contrabando de extranjeros en lugar de una determinación de tergiversación. Los progenitores de ciudadanos estadounidenses no pueden acogerse a una exención de inmigración en caso de declaración falsa. Sin embargo, si el progenitor ha sido acusado de contrabando de extranjeros -por ejemplo, facilitar la entrada ilícita del menor en Estados Unidos declarando su intención de visitar el país cuando en realidad su intención era matricularse en una escuela-, no sólo puede acogerse a la exención para inmigrantes I-601, sino que sólo debe cumplir un umbral probatorio relativamente bajo. Para la aprobación de dicha dispensa de inmigrante, uno sólo tiene que demostrar un propósito humanitario, la promoción de la unidad familiar, o que sería de interés público.
13. 214(b). Esta tendencia se ha mantenido durante tanto tiempo que se ha convertido en la Nueva Normalidad. En el contexto del artículo 212(a)(6)(C)(i), vemos que los cónsules adoptan decisiones 214(b) sobre las solicitudes de visado B de visitante y F de estudiante para asegurarse de que la persona ni siquiera pueda solicitar la exención de no inmigrante. Si a una persona se le ha denegado un visado en virtud del artículo 212(a)(6)(C)(i), con una excepción limitada, dicha persona tiene derecho absoluto a solicitar una dispensa de no inmigrante. Una de las excepciones es la 214(b), es decir, si a una persona se le ha denegado el visado en virtud de la Sección 214(b) además de la 212(a)(6)(C)(i), dicha persona no puede solicitar una exención de no inmigrante. Los cónsules lo saben, por lo que, para evitar cualquier intento de solicitar una exención para no inmigrantes, a menudo imponen también el 214(b), independientemente de que sea aplicable o no. Los criterios de exención 214(b) y de no inmigrante son distintos, pero los cónsules combinan los dos, agrupándolos. Al hacerlo, se aseguran de que el solicitante no pueda pedir la dispensa.
14. Tergiversaciones de “hibernación” ante el USCIS. Al igual que el oso que emerge después de un largo sueño, un cónsul puede resucitar una conclusión 6Ci hecha por el USCIS muchos años antes. Por ejemplo, esto puede ocurrir si un estudiante extranjero en EE.UU. se casa con un ciudadano estadounidense y, durante el proceso de inmigración, USCIS se sospecha que se trata de un matrimonio falso. El divorcio o la retirada de la solicitud de inmigración pueden no impedir que el USCIS adopte una decisión por falsedad. Peor aún, el individuo puede haber salido de los EE.UU. sin tener conocimiento de cualquier decisión final tomada por USCIS y sólo se entera de la decisión al solicitar la visa.
15. El papel del CBP. El CBP está facultado para constatar tergiversaciones y a menudo lo hace. E incluso si no lo hace - en su lugar, tomar una decisión de expulsión acelerada con una prohibición de 5 años o dejar a una persona "salir del apuro" al permitir que un individuo retire su solicitud para entrar en los Estados Unidos - eso no impide que un cónsul haga la conclusión de una tergiversación. En otras palabras, el inspector del CBP puede creer que una persona no ha hecho una declaración falsa intencionada y material al inspector. Pero el cónsul, utilizando la misma Declaración Jurada CBP, puede interpretar una declaración hecha al inspector CBP como una tergiversación intencionada y material.
Como puede ver, cada caso es diferente. Las permutaciones de los hechos son infinitas. El tiempo limitado del consulado para las entrevistas y la revisión, así como los retrasos masivos en las entrevistas y la tramitación de visados, han aumentado lo que está en juego. La tendencia dominante es que la aplicación de la ley se ha vuelto más agresiva, con funcionarios del USCIS, CBP, ICE y consulares a veces demasiado entusiastas que ponen la vida patas arriba. Así que no dude en ponerse en contacto con nosotros para discutir su situación. Puede que sólo tenga una oportunidad de defenderse. Use esa oportunidad sabiamente.