Exenciones I-601 e impugnaciones de decisiones 212(a)(2)(A)(i)(I)

Son desgarradores los casos de visado de inmigrante cuando, debido a una indiscreción o transgresión juvenil, al solicitante se le deniega el visado para reunirse con su cónyuge, padre o hijo en los Estados Unidos en virtud de la Sección 212(a)(2)(A)(i)(I) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Esta sección de la ley hace que una persona sea permanentemente inadmisible por haber sido condenada o admitida a cometer un delito de vileza moral. Afortunadamente, hay soluciones.

Una solución es impugnar la decisión. En un caso que manejamos recientemente, al solicitante se le había denegado un visado de inmigrante como marido de una ganadora de la Lotería por estos motivos, y luego, 10 años después, se le volvió a denegar como padre de un ciudadano estadounidense por estos mismos motivos. Pero la causa penal en la que se basó esta decisión de denegación de visado se había cerrado antes de que el juez tomará una decisión definitiva debido a una amnistía. Impugnamos la decisión 212(a)(2)(A)(i)(I), argumentando que nunca había sido condenado, un requisito previo para tal decisión si no se ha admitido la culpabilidad. Tras la revisión, la decisión del visado fue anulada. La parte triste de la historia es que el señor perdió 10 años para estar con su familia en Estados Unidos — sin poder inmigrar — como resultado del error consular de más de 10 años antes.

Otra solución es la presentación de una solicitud de exención para inmigrantes I-601. En un caso en el que el incidente criminal tuvo lugar hace más de 15 años, la Sección 212(h) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad permite la presentación de dicha solicitud. Recientemente representamos con éxito a un señor que tenía una condena por contrabando de hace más de 15 años. Demostramos que se había rehabilitado, que no representaba un peligro para los Estados Unidos y que era un miembro honrado de su comunidad. Tras la aprobación de la exención, pudo reunirse con su esposa, ciudadana estadounidense, en Estados Unidos.

Cuando el incidente o los incidentes se produjeron hace menos de 15 años, es necesario demostrar las dificultades extremas para el familiar ciudadano estadounidense. Se podría pensar que algo tan relativamente menor como el robo en una tienda no puede ser motivo de impedimento para entrar en Estados Unidos, pero eso sería un error. Esto es lo que le ocurrió a un cliente cuando tenía 19 años y estaba en el programa de Trabajo y Viaje. Acabó con un par de condenas por hurto en tiendas por robar artículos valorados en menos de 200 dólares. Su caso no podía acogerse a la excepción de delito leve, y el alivio posterior a la condena habría sido difícil. Así que no tuvo más remedio que presentar una solicitud I-601. Pudimos reunir pruebas que demostraban que su madre, que era ciudadana estadounidense, sufría dificultades extremas, su solicitud fue aprobada y pudo inmigrar.

La conclusión es que ninguno de estos señores era un delincuente serio o empedernido. No eran ladrones, pirómanos ni violadores en serie de nuestras leyes de inmigración. Pero se sometieron a nuestras severas leyes de inmigración. Y aunque estas historias terminaron bien, muchos años de dolor -algunos de ellos evitables- precedieron a la emisión final del visado. Esto subraya de nuevo la necesidad de contar con una asistencia legal competente. No dude en ponerse en contacto con nosotros para discutir su situación.