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"Eres tan bueno como tus pruebas." Problemas con los casos de inmigración K-1 Fiancée e I-130 para cónyuges: ¿por qué sospechan de una relación falsa?

No es frecuente que la vida de una persona dé un vuelco, pero una denegación de visado K-1 o de visado de cónyuge puede ser una de esas ocasiones. En los artículos de este sitio web sobre denegaciones de visados K-1 y I-130 para cónyuges se exponen muchas de las razones que influyen en estas denegaciones. Diferencia sustancial de edad; incapacidad para hablar el idioma del otro con fluidez; culturas diferentes; denegaciones anteriores de visados de visitante que reflejan "desesperación"; sólo una o dos reuniones antes de presentar la petición; carta "envenenada" de un ex o un pariente cercano en contra de la relación; discrepancias en las redes sociales. La lista de motivos por los que un cónsul o el USCIS pueden sospechar de una relación falsa es interminable. Y con la Administración Trump tomando medidas enérgicas contra el fraude de novias y matrimonios, los que quedan atrapados en la "red de fraude" no son solo los que tienen una relación falsa, sino también los que tienen relaciones genuinas. ¿La razón principal? La falta de preparación y de pruebas.

"Haz que tenga sentido" es una de las reglas de oro a la hora de preparar estas peticiones I-129F de prometida y I-130 de familiar directo y las subsiguientes solicitudes de visado o I-485 de ajuste de estatus. A menudo veo una breve declaración del ciudadano estadounidense y un par de fotos tomadas con su pareja, un billete de avión y el recibo de un anillo como única prueba de la relación. Recuerda que la carga de la prueba recae en el beneficiario -la novia, el cónyuge- y no al revés. No se trata de un caso penal en el que el gobierno tiene que demostrar más allá de toda duda razonable que la relación es falsa.

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Demandas sobre visados: Impugnación de decisiones sobre visados en los tribunales de EE.UU.

En caso de problemas con el visado, siempre hay que intentar resolver el asunto primero con la embajada, el consulado o el Departamento de Estado. Los solicitantes de visado tienen derechos. Pero una vez que esos derechos o su paciencia se han agotado, uno puede considerar la posibilidad de una demanda.

El problema es que, por regla general, las denegaciones de visado no están sujetas a revisión judicial en virtud de la doctrina de la no revisabilidad consular. Esto fue reafirmado recientemente por el Tribunal Supremo en el caso Muñoz contra el Departamento de Estado. La avalancha de acciones y retórica antiinmigrantes de la Administración Trump también puede intimidar a los solicitantes de visado. Pero hay excepciones a la regla que prohíbe la revisión judicial de los casos de visado y las denegaciones de visado. A veces, la mera presentación de la demanda puede tener un impacto en el caso. Si bien esta área de la ley es fluida e impredecible, los tribunales han reconocido algunas excepciones, entre ellas:

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