Nueva política del Departamento de Estado: No más renovaciones "automáticas" de exenciones de no inmigrante
Durante años, los solicitantes de exenciones para no inmigrantes en virtud del artículo 212(d)(3)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad podían confiar en una verdad tranquilizadora: una vez concedida la exención, renovarla en el futuro solía ser una formalidad. Siempre que el solicitante cumpliera las condiciones del visado -no trabajar ilegalmente, no quedarse más tiempo del permitido, no prolongar la estancia, no cometer infracciones penales-, el Departamento de Estado de EE.UU. (DOS) recomendaría sistemáticamente la aprobación de posteriores exenciones sin tener que revisar todo el caso desde el principio.
Eso cambió en febrero.
En un cambio de política discreto pero significativo, el Departamento de Estado ha anunciado que ya no tendrá en cuenta las exenciones para no inmigrantes aprobadas anteriormente a la hora de evaluar nuevas solicitudes una vez que expire la exención original (normalmente a los cinco años). En pocas palabras: aunque le hayan aprobado el visado anteriormente y haya respetado las condiciones del mismo, su próxima solicitud de exención se tratará como una solicitud nueva. Ya no hay presunción de coherencia o continuidad.
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