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Nueva política del Departamento de Estado: No más renovaciones "automáticas" de exenciones de no inmigrante

Durante años, los solicitantes de exenciones para no inmigrantes en virtud del artículo 212(d)(3)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad podían confiar en una verdad tranquilizadora: una vez concedida la exención, renovarla en el futuro solía ser una formalidad. Siempre que el solicitante cumpliera las condiciones del visado -no trabajar ilegalmente, no quedarse más tiempo del permitido, no prolongar la estancia, no cometer infracciones penales-, el Departamento de Estado de EE.UU. (DOS) recomendaría sistemáticamente la aprobación de posteriores exenciones sin tener que revisar todo el caso desde el principio.

Eso cambió en febrero.

En un cambio de política discreto pero significativo, el Departamento de Estado ha anunciado que ya no tendrá en cuenta las exenciones para no inmigrantes aprobadas anteriormente a la hora de evaluar nuevas solicitudes una vez que expire la exención original (normalmente a los cinco años). En pocas palabras: aunque le hayan aprobado el visado anteriormente y haya respetado las condiciones del mismo, su próxima solicitud de exención se tratará como una solicitud nueva. Ya no hay presunción de coherencia o continuidad.

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Delitos canadienses que implican bajeza moral (CIMT) y admisibilidad en EE.UU.

Si tiene antecedentes penales en Canadá y tiene previsto entrar en Estados Unidos, es esencial que sepa si su condena está clasificada como delito que implica bajeza moral (CIMT). Un CIMT puede hacer que sea inadmisible en EE.UU. y puede requerir que obtenga una exención para cruzar la frontera.
Un CIMT suele implicar una conducta que se considera intrínsecamente inmoral o engañosa. Estos delitos pueden incluir robos, fraudes o actos de violencia. El Departamento de Estado de EE.UU. tiene una lista de delitos que considera CIMT y de los que no (puede consultar la lista aquí).
Nuestro reciente litigio en virtud de la Ley de Libertad de Información (FOIA) contra el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU. (CBP) puso al descubierto una cultura de opacidad: inicialmente, el CBP se negó a revelar si determinados delitos canadienses estaban clasificados como CIMT. Después de persistentes esfuerzos legales, el CBP finalmente nos dio a conocer una tabla interna del CBP que muestra qué delitos canadienses considera como CIMTs y cuáles no. Esta información puede afectar significativamente a los canadienses que deseen entrar en EE.UU.

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¿Hasta dónde llegarán? Capítulo 1: Cuidado, solicitantes y titulares de visado, con los problemas por sus opiniones políticas

¿Sospechas de ir a trabajar ilegalmente? Comprobado. ¿Sospechas de casarse con un ciudadano estadounidense? Comprobado. ¿Sospechas de permanecer en EE.UU.? Comprobado. Todas estas son razones habituales para que el inspector de Aduanas y Protección de Fronteras de un aeropuerto o de un puerto de entrada fronterizo terrestre invoque la Sección 212(a)(7)(A)(i)(I), denegando su entrada y enviando a la persona de vuelta a casa. ¿Pero criticar al Presidente de los Estados Unidos? Esto es tan americano como la tarta de manzana; este es el país de la libertad de expresión, después de todo, ¿verdad? ¿Verdad? Aparentemente no a los ojos de los inspectores de CBP que acaban de detener la entrada de un científico francés porque CBP encontró mensajes de texto en su teléfono que aparentemente criticaban las políticas de la administración Trump sobre la investigación académica. Esto no solo es un mal presagio para los titulares de visados y ESTA durante los próximos cuatro años, sino también para los solicitantes de visados.

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Demandas sobre visados: Impugnación de decisiones sobre visados en los tribunales de EE.UU.

En caso de problemas con el visado, siempre hay que intentar resolver el asunto primero con la embajada, el consulado o el Departamento de Estado. Los solicitantes de visado tienen derechos. Pero una vez que esos derechos o su paciencia se han agotado, uno puede considerar la posibilidad de una demanda.

El problema es que, por regla general, las denegaciones de visado no están sujetas a revisión judicial en virtud de la doctrina de la no revisabilidad consular. Esto fue reafirmado recientemente por el Tribunal Supremo en el caso Muñoz contra el Departamento de Estado. La avalancha de acciones y retórica antiinmigrantes de la Administración Trump también puede intimidar a los solicitantes de visado. Pero hay excepciones a la regla que prohíbe la revisión judicial de los casos de visado y las denegaciones de visado. A veces, la mera presentación de la demanda puede tener un impacto en el caso. Si bien esta área de la ley es fluida e impredecible, los tribunales han reconocido algunas excepciones, entre ellas:

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Solicitudes de la Ley de Libertad de Información (FOIA) para Casos de Visa e Inmigración

Una solicitud de FOIA puede ser extremadamente útil para averiguar qué información tiene una agencia gubernamental, para aclarar fechas y para “reconstruir” un expediente en un caso do ...Más
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